.
RECUERDAN ¿CUÁNTOS CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PUEDE TENER UNA PERSONA?
.
En atención a consulta, se indicó que no existe prohibición legal o constitucional que limite el número de contratos de prestación de servicios que una persona puede celebrar o ejecutar de manera simultánea.
.
En ese sentido, no existiendo ninguna limitación al respecto, una persona puede celebrar y ejecutar tantos contratos de prestación de servicios como le sea posible ejecutar y cumplir a cabalidad, lo que además tiene como presupuesto no estar incursa en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad en el marco de las eventuales relaciones contractuales.
.
.
..
...…
ñ
PARA DESCARGAR EL EXPEDIENTE COMPLETO A SU COMPUTADOR – CLIC AQUI
.
..
.
.
.
¿DESEAS ESTAR ACTUALIZADO A DIARIO EN TU EMAIL DE TODA LA JURISPRUDENCIA DEL PAIS? SUSCRIBETE (CLIC AQUI)
,
.