18 noviembre, 2022

Concepto 00024 de 2023

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RECUERDAN ¿CUÁNTOS CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PUEDE TENER UNA PERSONA?

 

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En atención a consulta, se indicó que no existe prohibición legal o constitucional que limite el número de contratos de prestación de servicios que una persona puede celebrar o ejecutar de manera simultánea.

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En ese sentido, no existiendo ninguna limitación al respecto, una persona puede celebrar y ejecutar tantos contratos de prestación de servicios como le sea posible ejecutar y cumplir a cabalidad, lo que además tiene como presupuesto no estar incursa en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad en el marco de las eventuales relaciones contractuales.

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