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RECUERDAN ¿CÓMO SE DEBEN LIQUIDAR LAS HORAS EXTRAS LABORADAS POR LOS TRABAJADORES OFICIALES?.
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En atención a consulta, se indicó que frente al reconocimiento de horas extras se precisa que la jornada laboral para los trabajadores oficiales es de 48 horas, por lo que todo lo que exceda se reconocerá en horas extras en los términos que se han dejado indicados, de conformidad con lo previsto en el Decreto 1083 de 2015, el Artículo 3º de la Ley 6 de 1945, y lo dispuesto en el contrato de trabajo, la convención colectiva o pacto colectivo o el reglamento interno de trabajo.
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