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EN EL RECONOCIMIENTO DE LA PENSIÓN ESPECIAL DE VEJEZ POR DESARROLLAR ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO EL TRABAJADOR DEBE DEMOSTRAR SU EXPOSICIÓN PERMANENTE.
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Corresponde al trabajador demostrar que la actividad desplegada es o fue de aquellas catalogadas como de alto riesgo, que estuvo expuesto de manera particular y concreta a altas temperaturas. Para la acreditación del cumplimiento de las funciones que implican exposición a riesgos especiales, existe libertad probatoria -la carga de la prueba corresponde a la parte demandante en los términos del artículo 167 del Código General del Proceso-
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