13 marzo, 2023

Expediente 00146 de 2022

.

RECUERDAN QUE LAS EMPLEADAS PÚBLICAS NOMBRADAS EN PROVISIONALIDAD EN CARGOS DE CARRERA JUDICIAL, QUE OSTENTAN LA CALIDAD DE MADRES CABEZA DE FAMILIA, TIENEN DERECHO A LA ESTABILIDAD LABORAL.

.

.

 La accionante fue nombrada en provisionalidad en el cargo de oficial mayor, en provisionalidad, en el Juzgado Promiscuo de Familia del Líbano. El Consejo Seccional de la Judicatura del Tolima, en cumplimiento del cronograma fijado para la Convocatoria 4 de 2017, remitió al Juzgado mencionado la lista de elegibles para proveer el cargo de oficial mayor nominado.

.

Esta Corporación concluyó, en sede de tutela, que, si bien los empleados públicos nombrados en provisionalidad no tienen derecho a permanecer de manera indefinida en el cargo, la entidad accionada debe tener en cuenta las condiciones particulares de la tutelante como madre cabeza de familia, por lo que ordenó que, en caso de que se presente una vacante en el futuro en ese despacho y que la accionante cumpla con los requisitos para ocuparla, realice su nombramiento, siempre y cuando subsista su condición especial.

 

.......

ñ

PARA DESCARGAR EL EXPEDIENTE COMPLETO A SU COMPUTADOR – CLIC AQUI

.

..

.

 

 

.

.

¿DESEAS ESTAR ACTUALIZADO A DIARIO EN TU EMAIL DE TODA LA JURISPRUDENCIA DEL PAIS? SUSCRIBETE (CLIC AQUI)

,

 

 

.