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RECUERDAN REQUISITOS PARA QUE SE CONFIGURE LA RESPONSABILIDAD FISCAL.
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[P]ara que se pueda configurar la responsabilidad fiscal deben concurrir tres requisitos: i) una conducta dolosa o culposa atribuible a una persona que realiza gestión fiscal; ii) un daño patrimonial al Estado; y iii) que el daño al patrimonio sea consecuencia del actuar del gestor fiscal. En el caso sub examine, la Sala abordará el estudio del daño patrimonial al Estado en atención que son los reparos invocados por la parte demandada en el escrito de apelación. Daño patrimonial […]
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De las pruebas obrantes en el expediente se evidencia que la obra contratada a través del Convenio Interadministrativo núm. 004 de 2007 que correspondía a la construcción de 500 unidades sanitarias y pozos sépticos, y su adicional para la construcción de 120 unidades sanitarias para la zona rural del Municipio de Aquitania fueron ejecutadas en los términos indicados en el concepto de favorabilidad emitido luego de realizada la visita técnica al lugar donde debía realizarse la obra.
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En ese sentido, se observa que en los documentos previamente indicados, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en la Resolución núm. 072 de 15 de mayo de 2018 frente al proyecto FNR 30990, dispuesto para la construcción de 500 unidades sanitarias, hizo referencia en su concepto a que el proyecto de inversión contó “[…] con un avance físico de 88.40% en condiciones no aprobadas»; es importante precisar que con el ajuste el proyecto el avance en condiciones aprobadas corresponde al 100%.[…]”
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