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CONOZCA LA NUEVA SENTENCIA SOBRE RECTIFICACIÓN DOCTRINARIA
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En tanto que los actos de competencia desleal de celebración de exclusividades, no recaen en un modelo profesional o de corte individualista en cabeza de los competidores, si no por el contrario bajo un modelo social que busca la tutela de los derechos del consumidor.
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Los parámetros de análisis respecto de la conducta desleal, deben corresponder a las condiciones del mercado establecido partiendo del beneficio a favor del consumidor, pero no a la capacidad económica o las características de los interesados en entrar en él.
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