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COMPATIBILIDAD ENTRE PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES DE ORIGEN LABORAL Y PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES DE ORIGEN COMÚN
La pensión de sobrevivientes de origen laboral y la pensión de sobrevivientes de origen común son incompatibles cuando la contingencia nace del mismo evento y aún más, cuando dado el amparo laboral -sea por muerte o invalidez- se genera en el subsistema pensional la posibilidad de obtener la indemnización sustitutiva
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