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CONZOCA LA NUEVA SENTENCIA TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR JUSTA CAUSA » RECONOCIMIENTO DE PENSIÓN DE CONVENCIONAL » REQUISITOS.
Para despedir a un trabajador con fundamento en el reconocimiento de una pensión extralegal, en vigencia del parágrafo 3 del artículo 9 de la Ley 797 de 2003 se requiere que:
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i) El empleador le reconozca o notifique al trabajador la pensión convencional; si en los treinta días siguientes al cumplimiento de los requisitos para acceder a la pensión el trabajador no solicita su derecho, el empleador tiene la potestad de reconocerla después de ese término sin solicitud previa de aquel y ii) Se le notifique debidamente al trabajador su inclusión en la nómina de pensionados correspondiente.
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