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ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE PENSIONES > OBLIGACIONES
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Si el fondo de pensiones recibe la afiliación y la historia laboral con períodos con reportes en mora no se exime de responsabilidad en el reconocimiento pensional, pues le corresponde verificar esa información y ejercer las acciones del caso para que la entidad pensional que inicialmente los registró recaude el pago adeudado -las inconsistencias en la validación de los aportes no pueden afectar el derecho del afiliado-.
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INTERESES MORATORIOS > PROCEDENCIA.
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Excepciones a la procedencia de los intereses moratorios contemplados en el artículo 141 de la Ley 100 de 1993
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