8 agosto, 2024

Expediente 92605 de 2024

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EXPLICAN COMO OPERA EL RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL CON SOLIDARIDAD

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El sistema general de pensiones propone dos técnicas preferentes en la cobertura de las contingencias de invalidez, vejez y muerte:

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i) De capitalización, amparada bajo el mecanismo de ahorro, las cotizaciones de los afiliados permiten construir una reserva propia haciéndose efectiva cuando se completa un valor para la previsión de la pensión -régimen de ahorro individual con solidaridad

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ii) De reparto, en la cual se proyecta la financiación a partir de una cuenta global compuesta por todas las cotizaciones que ingresan en un determinado periodo y que se distribuyen entre sus beneficiarios, cubriendo así las cargas del sistema -régimen de prima media con prestación definida.

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El régimen de ahorro individual con solidaridad tiene entre otras prerrogativas para el afiliado, las siguientes:

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i) La posibilidad de pensionarse a la edad que escoja o anticipadamente, ii) Escoger la modalidad pensional: en el retiro programado, que los saldos de su cuenta de ahorro individual ingresen a la masa sucesoral en caso de fallecer y no tener beneficiarios de pensión de sobrevivientes; y en otras modalidades de pensión, adoptar distintos valores de mesada que pueden variar según la escogida -Circular 13 de 2012 de la Superfinanciera y iii) Determinar excedentes de libre disponibilidad cumpliendo con los requisitos legales

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