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SALARIOS > VIÁTICOS PERMANENTES > REQUISITOS
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Los viáticos que se causan de forma permanente constituyen salario en la parte destinada a proporcionar manutención y alojamiento al trabajador, que no los accidentales y aquellos permanentes que solo tengan por finalidad proporcionar medios de transporte o gastos de representación Los viáticos que se causan de forma permanente constituyen salario en la parte destinada a proporcionar manutención y alojamiento al trabajador, que no los accidentales y aquellos permanentes que solo tengan por finalidad proporcionar medios de transporte o gastos de representación. Siempre que se paguen los viáticos debe especificarse el valor de cada uno de estos conceptos, obligación que recae en el empleador que es quien los suministra -las sumas pagadas por este concepto, en particular para manutención y alojamiento, serán consideradas salario; cuando no se haga la discriminación respectiva se tendrá como salario todo lo recibido
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PRINCIPIO DE LA CARGA DE LA PRUEBA > APLICACIÓN .
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Si bien el trabajador tiene la carga de demostrar la causación regular de viáticos, esto es, que durante la relación de trabajo los devengó habitualmente, es el empleador quien debe correr con la carga de acreditar su cuantía y destinación específica -manutención, alojamiento, transporte o gastos de representación-
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