11 enero, 2024

Sentencia T 421 de 2023

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CONOZCA COMO SE AMPARAN LOS DERECHOS FUNDAMENTALES AL MÍNIMO VITAL, A LA SEGURIDAD SOCIAL Y A LA VIDA DIGNA.

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La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional revisó el fallo proferido en el marco de la acción de tutela interpuesta por Evelyn, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al mínimo vital, a la seguridad social y a la vida digna.

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El juez de única instancia declaró improcedente la acción de tutela por incumplimiento del requisito de subsidiariedad para el reclamo de incapacidades médicas superiores al día 540. 80.

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La Sala concluyó que la acción de tutela cumplió los requisitos formales de procedencia. También analizó si era posible el pronunciamiento y decisión extra petita de la acción de tutela respecto del reconocimiento de una pensión de invalidez y concluyó que no existe certeza sobre uno de los requisitos de cara a reconocer la pensión de invalidez, pues existe un recurso que está pendiente de decisión, contra el dictamen de PCL que interpuso la accionante.

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